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miércoles, 30 de julio de 2014

HCD: ¿Son útiles los pedidos de informes?

por Marta Santos

A menudo surge la pregunta: ¿Qué tan útiles resultan los pedidos de informes que los concejales le formulan al ejecutivo, si terminan siendo letra muerta por falta de respuesta en término o por la insuficiencia de datos que aportan, cuando esa contestación se efectúa?
En nuestro municipio existe la ordenanza 8714, del 1 de setiembre de 1998 -cuando la presidencia del HCD la ejercía Roberto Miguelez y era secretario Adolfo Vedani- que estipula claramente que “dichos pedidos, que podrán incluir la solicitud de remisión de documentación auténtica y/o la formulación de preguntas, deberán especificar los puntos concretos de consulta y en todos los casos establecerán con claridad la Secretaría municipal requerida”. En su artículo 3 indica: “Los proyectos de solicitud de informes aprobados por el Honorable Concejo Deliberante, deberán ser contestados en un término de 25 días, contados a partir de la recepción del pedido por parte de la autoridad requerida”. Y en el 4º establece que “en los supuestos en los cuales el Departamento Ejecutivo, por fuerza mayor, no pudiera contestar las solicitudes requeridas, deberá brindar una información generalizada de lo requerido y se le podrá conceder otro plazo igual al otorgado”. También establece sanciones en caso de incumplimiento por parte del ejecutivo: “La inobservancia por parte del funcionario del área, del plazo conferido, lo hará incurrir en las faltas contempladas en el Capítulo IX (artículos 241 al 246 inclusive) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus concordantes. Además lo contenido en el artículo 194 de la Constitución de la provincia de Buenos Aires”.
El tema es que pareciera haberse tomado con ligereza lo que establece la ordenanza: Los pedidos de informes son respondidos en forma incompleta y se da por supuesto que hay que pedirlos nuevamente, con otros 25 días  de gracia, sin exigir al funcionario responsable que envíe por escrito los motivos, que deben ser de “fuerza mayor”, por los cuales no pudo cumplir con el plazo establecido. Eso sin tener en cuenta que algunos no son respondidos
directamente y que no se envía justificación ninguna. Por todo esto es que los pedidos de informes no alcanzan: la dilación en el tiempo que tiene que ver con todo el proceso administrativo -estado parlamentario, estudio en comisión, dictamen, aprobación en el recinto, giro al ejecutivo- más el plazo para la respuesta, hacen que un tema que necesita resolución urgente quede detenido meses y meses.
   Los concejales parecen aceptar que el ejecutivo hace lo que quiere. Tienen la potestad para crear una comisión investigadora y para denunciar a la justicia al secretario al que le solicitan el informe por “incumplimiento de los deberes de funcionario público”, más allá de recurrir a la penal en caso que la sospecha de irregularidades afecten al patrimonio municipal, solicitando la investigación del fiscal.
Pero han perfeccionado la muletilla de que “no es bueno judicializar la política”, que ha terminado transformándose en un código de protección política mutua. Es muy bueno “judicializar la política” cuando saca del mismo ámbito un tema que de otro modo no se resuelve y se pone en manos imparciales de investigación y resolución. Pero cuando ese tema se lleva a la justicia se va de las manos y ya no se pueden hacer pactos o componendas.
Los pedidos de informes sirven cuando se cumple a rajatablas la ordenanza que indica cómo se debe proceder. Claro que si todo se soluciona con un secretario que “va a dar explicaciones” a una comisión -una nueva figura hecha a medida para privatizar lo que debe ser público- los vecinos seguirán preguntándose para qué están las ordenanzas.
La respuesta es sencilla: están para cumplirlas.