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martes, 23 de septiembre de 2025

"En Lanús hay un ataque a la propiedad privada"


por Sebastián Franco*

En Lanús se está intentando avanzar con un proyecto de ordenanza disfrazado de “Banco de Tierras e Inmuebles”, por el Expediente HCD: 00242/25 (ver foto) que, lejos de ser una herramienta social, constituye un ataque directo a la propiedad privada y abre la puerta a que el estado municipal pueda disponer de inmuebles privados bajo la excusa del “abandono” o la “vacancia”.

 ¿Qué significa esto en la práctica? El artículo 6° del proyecto autoriza al ejecutivo municipal a intervenir sobre inmuebles en estado de abandono y hasta tomar posesión temporal o permanente. Más grave aún: el artículo 11° habilita a la municipalidad a declarar la prescripción adquisitiva a su favor sobre propiedades particulares. Esto contradice directamente a: Artículo 17° de la Constitución Nacional: “La propiedad es inviolable y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella sino en virtud de sentencia fundada en ley”. Artículo 21 de la Constitución de la provincia de Buenos Aires: reconoce y protege el derecho de propiedad en toda su extensión. Código Civil y Comercial de la Nación (artículos 1892 a 1909): la prescripción adquisitiva sólo puede ser declarada por un juez, no por un intendente mediante un decreto administrativo.

En otras palabras, el municipio se arroga atribuciones judiciales que no le corresponden y se

coloca por encima de las garantías constitucionales.

El trasfondo: negocio político con la tierra

Según datos oficiales del propio municipio, en Lanús existen más de 2.000 lotes baldíos identificados en los últimos 10 años. Este proyecto le da al ejecutivo la llave para apropiarse de ellos bajo criterios discrecionales. La experiencia demuestra que cuando el estado “administra” tierras, terminan apareciendo: clientelismo político, loteos informales, entrega de terrenos a punteros y cero planificación urbana real.

Las leyes que citan, mal interpretadas

El proyecto se ampara en la Ley Provincial 14.449 (Acceso Justo al Hábitat) y la Ley 8912/77 (Ordenamiento Territorial). Pero estas leyes facultan a los municipios a gestionar suelo público y regular urbanísticamente, nunca a expropiar encubiertamente propiedades privadas por vía administrativa.

 Lo decimos sin vueltas: esto es confiscatorio

El “Registro de Tierras” es un paso más hacia la estatización silenciosa de la propiedad privada, en nombre de un supuesto “beneficio social”. Pero la historia argentina es clara: cuando el estado avanza sobre la propiedad privada, retroceden la libertad, la inversión y el empleo.

¿Qué vamos a hacer?

Desde nuestro espacio vamos a iniciar una campaña de recolección de firmas para presentar un Amparo Colectivo contra esta ordenanza, defendiendo el derecho de los vecinos a que nadie, ni el municipio ni la provincia, pueda arrebatarles lo que les pertenece legítimamente.  Sumate y comunicate con nosotros en @sebasdlanusok. La defensa de tu propiedad es la defensa de tu libertad.

(*) De Acción por la Libertad