por Nora Leal Marchena*
Recientemente la Dirección
Nacional de Salud Mental ha presentado un proyecto de modificación de dicha ley y se ha
convocado a asociaciones científicas, y de la comunidad a dar su opinión en
reuniones en el Senado. El derecho a la salud (SM) y por ende
a la salud mental es un derecho constitucional, por lo tanto debemos procurar
que el espíritu de la ley respete el acceso a este derecho. En el área de SM deben tenerse en
cuenta varios aspectos: la SM es parte de la Salud Pública y se maneja en las
esferas de promoción, prevención, comunitaria, asistencial, y de
rehabilitación. Para esto es necesario el trabajo
interdisciplinario e intersectorial con la presencia del médico psiquiatra. En
el área asistencial deben considerarse una amplia variedad de recursos entre
los que se incluyen los consultorios externos, la internación, que en algunos
casos puede ser involuntaria cuando la gravedad o la urgencia así lo requiera,
la atención en centros de medio camino y en dispositivos comunitarios. La
elección terapéutica no debe responder a ideologías o preferencias sino a la
necesidad terapéutica del paciente.
Los lugares de internación deben
incluir servicios de psiquiatría en hospital general, adaptados para la
internación psiquiátrica, espacios adecuados en guardias generales con
psiquiatra a cargo, hospitales de especialidad para los casos más graves. Todo
debe estar conformado en una red que pueda hacer las derivaciones que
correspondan a cada etapa de la evolución del paciente. En el área de SM siempre es
necesario el trabajo con la familia y/o con la red de apoyo especialmente
cuando se trata de niños y jóvenes. Actualmente la oferta de
profesionales, de turnos para tratamientos ambulatorios y de camas para
internación es muy inferior a la demanda y está completamente centralizada. Por
eso es indispensable promover la formación de profesionales, proveer los
recursos asistenciales y promover políticas públicas preventivas con adecuada
distribución territorial que disminuyan la demanda asistencial.
Por último y tal vez lo más
importante debe incluirse el financiamiento dado que, aunque la letra de la ley
sea muy buena si no se garantiza su aplicación es texto vacío.
(*) Médica psiquiatra