Lisandro Martinez*
La dictadura de 1966 a 1973 tuvo tres tramos e igual cantidad de presidentes: el general. Ongania (1966-1970), el general Levingston (1970-1971) y el general Lanusse (1971-1973). El 25 de mayo de 1973 Héctor José Cámpora ganó con el 49,53% las elecciones presidenciales. El gobierno de Cámpora duró apenas 49 días, del 25 de mayo al 13 de julio de 1973. Su breve gobierno se caracterizó por la búsqueda de acuerdos políticos y sociales, tanto dentro como fuera del peronismo. Desde varios meses antes Perón había batido un parche que luego se demostró falso y demagógico de que los jóvenes de la corriente llamada “Tendencia Revolucionaria”, que simpatizaban o militaban en las organizaciones Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR) y Montoneros, debían tener su cuota de poder en el nuevo gobierno. Al principio los gobernadores de las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Salta, San Luis, Santa Cruz y Formosa, eran hombres con distintos niveles de acuerdos con la Tendencia Revolucionaria. Los ministerios del Interior y Educación también estuvieron en manos de la Tendencia durante la breve gestión de Héctor J. Cámpora -y el de Educación lo siguió estando bajo Perón- así como varias universidades nacionales. El 22/1/1974, un grupo de diputados de la Tendencia revolucionaria (Montoneros) fueron a Olivos para reunirse con Juan Perón y objetar la reforma del Código Penal elaborado por el líder. Creyeron que iban a una reunión privada pero Perón los esperó con cámaras televisivas para mostrar como sometía a esa fracción de la juventud. Perón los increpó: “Vamos a responder violencia con violencia, tenemos los medios para aplastarlos”. Y luego el
1°/5/1974, los echó de la plaza (www.infobae.15/1/2021).
El 28/11/1974 (con Perón muerto) Isabelita en el gobierno sancionó en el Congreso la nueva ley "antisubversiva del gobierno peronista”. Era un ataque dirigido contra las masas y sus conquistas democráticas y la reinstauración de métodos represivos brutales y arbitrarios que superaban a los de la dictadura militar de 1966/1973. Con el pretexto de combatir la guerrilla, el gobierno derechista impuso una legislación que cercenaba el derecho a actividades políticas, a la libertad de prensa, anulaba el derecho constitucional de huelga, dictaba prisión para los huelguistas, reflotaba la repudiada ley 4144 "de residencia" expulsando extranjeros, etc. La ley de Isabelita fue parte de la escalada reaccionaria que había lanzado el gobierno, con recortes de libertades democráticas iniciado tímidamente por el gobierno de Cámpora a instancias de Perón. La ofensiva "institucional" servía de apoyo y se complementaba con los atentados de la AAA, que asesinaban impunemente a los sindicalistas combativos. Asistíamos a una crisis profunda de la burguesía y sus métodos parlamentarios y semidemocráticos de dominación política que debían acompañarlos con atentados y amenazas. Era el fracaso del gobierno de Isabelita, impotente para contener el ascenso de la lucha obrera y popular.
Isabelita como Ongania sancionó un decreto anticomunista
El cuadro reaccionario del gobierno de Isabel Perón, acompañada por la triple A, quiso imponer la ley que en su artículo 1º decía: “Se sanciona con prisión de 3 a 8 años, siempre que el hecho no constituyere un delito más severamente penado, al que para lograr la finalidad de sus postulados ideológicos, intente o preconice por cualquier medio alterar o suprimir el orden institucional y la paz social de la Nación, por vías no establecidas por la Constitución Nacional y las disposiciones legales que organizan la vida política, económica y social de la Nación". Aprovechando que la ley prohibía huelgas y cualquier medida de acción directa. La ley no tipificaba delitos concretos sino motivaciones ideológicas que tenían una abrumadora amplitud, por ejemplo el concepto "alterar la paz social" podía ser llenado a su antojo por los organismos represivos y judiciales afines al fachismo imperante. En este sentido, el peronismo fue más lejos aún que la ley de Ongania que sólo sancionaba la ideología "comunista". Al sancionar la contravención de "las disposiciones legales que organizan la vida política, económica y social de la Nación", se daba un verdadero cheque en blanco para la aplicación de leyes y decretos (y para la sanción de nuevos) que reprimían la más elemental manifestación política y democrática. Se anulaba el derecho a la libre actividad política, se penaba hasta la tenencia de materiales impresos y cualquier tipo de propaganda. Se le daba un golpe mortal a la libertad de prensa al penar con 2 a 6 años de prisión a editores y redactores de periódicos que se salieran del margen fijado en el artículo 1 y se autorizaba clausurar locales, imprentas, publicaciones, etc. (artículos 2º, 3º y 4º). El remate antiobrero de la ley peronista era “la anulación del derecho constitucional de huelga, fijando prisión de 1 a 3 años a los trabajadores que no acataran la resolución ministerial de levantar una huelga. La ley agregaba una nueva herramienta a toda la legislación antisindical que fue largando el gobierno de Isabel, por ejemplo la ley de Asociaciones Profesionales. Sus características reafirmaban los intentos de desarmar cualquier defensa del movimiento obrero e imponiendo una burocracia sindical y administrativa incondicional que estaban indisolublemente ligados a la intervención policial, de patotas y represiva directa. El avance contra el movimiento obrero se verificó cuando el ministro de Trabajo, José Otero, anunció la inminente modificación de los fueros sindicales, que dejaban desprotegidos a delegados, comisiones internas y sindicatos combativos frente las patronales. Esto fue declarado inconstitucional para los delitos penales y se lo quiso eliminar en el caso de huelgas declaradas “ilegales” a consideración del estado. Era otra estrategia para barrer al movimiento obrero y combativo. La ley de López Rega e Isabelita, vigente en vida de Juan Perón, reponía penalidades (artículo 10º) como la expulsión del país de naturalizados y extranjeros después de cumplida la pena de cárcel. El gobierno de la triple A reflotó el modelo de Patrón Costa, intentando volver a la ley de residencia y a "la ley contra la subversión", que se disponía contra las libertades democráticas y derechos constitucionales. El lopezreguismo y su Triple A reflotaron la ley Anticomunista de Ongania pretendiendo anular la excarcelación para los procesados y no darle libertad condicional a los condenados. Se trataba de reducir las libertades públicas para retener arbitrariamente a los compañeros en prisión y en la tortura física y moral bajo la aplicación de una cobertura de los organismos de represión montados en la ilegalidad.La Ley 20615 de 1973, se considera reaccionaria por su origen en el contexto de la dictadura militar argentina, ya que estableció un sistema sindical restrictivo, limitó la autonomía de los trabajadores y el derecho de huelga y negociación colectiva, favoreciendo el control estatal sobre los sindicatos y perpetuando un modelo corporativista de asociacionismo profesional que fue criticado por acotar la libertad sindical.
Provocaciones y represión estatal
La represión oficial de Juan Perón e Isabel se complementaba con el terrorismo de la triple A y sus secuestros. El gobierno lanzó una política de provocaciones que fortalecía al aparato y a la legislación represiva cuyo objetivo era forzar a la burguesía a permitir el avance derechista y provocar reacciones desesperadas de la vanguardia obrera y juvenil.
El intento profundo liderado por las grandes patronales y la derecha fascista de liquidar la democracia sindical era la condición para disciplinar a los trabajadores y poner sus organizaciones al servicio del estado patronal, actuando la burocracia sindical como una policía interna del movimiento obrero. Aquella posición de Rucci y la dirección sindical es la que impera aún en 2025, con los sindicatos en manos de la burocracia pro patronal, proscribiendo toda oposición combativa y negociando a espaldas de los trabajadores, como sucedió con la rebaja o la entrega del salario en plena pandemia a cambio de una supuesta suspensión de despidos.
(*) De Política Obrera